Te deben dinero (una factura, un alquiler, un préstamo entre particulares) y no te pagan. Tienes varias vías para reclamar, de la más sencilla a la judicial. Te explicamos cuál usar.
Primero: la reclamación extrajudicial
Antes de ir a juicio, a menudo vale la pena una reclamación formal, normalmente por burofax con acuse de recibo. Deja constancia de la deuda, interrumpe la prescripción y muchas veces es suficiente para que el deudor pague o negocie.
El procedimiento monitorio
Si no paga, el monitorio es la vía ágil para deudas dinerarias acreditables con documentos (facturas, contratos, albaranes...). El juzgado requiere al deudor para que pague en 20 días; si no paga ni se opone, se puede pasar a la ejecución.
El juicio
Si el deudor se opone al monitorio, o si la deuda no encaja en él, se reclama por el juicio verbal u ordinario según el importe, donde se discute el fondo ante el juez.
Atención a los plazos de prescripción
Las deudas no se pueden reclamar para siempre. En Cataluña, como regla general, las pretensiones de carácter personal que no tienen un plazo especial prescriben a los 10 años (art. 121-20 del Código civil de Cataluña).
Ahora bien, esa no es la regla que se aplica a la mayoría de deudas del día a día. El art. 121-21 CCCat fija uno mucho más corto, de 3 años, para pretensiones como: los pagos periódicos que deban hacerse por años o plazos más breves (por ejemplo, los alquileres); la remuneración de prestaciones de servicios y ejecuciones de obra; el cobro del precio en las ventas de bienes muebles y en los suministros; y las derivadas de responsabilidad extracontractual. Es decir: muchas facturas y rentas impagadas prescriben a los 3 años, no a los 10.
Fuera del derecho civil catalán los plazos pueden ser otros. Por eso es clave no dejarlo pasar e interrumpir la prescripción a tiempo.
¿Vale la pena reclamar?
Depende del importe, de las pruebas y de la solvencia del deudor. Un abogado puede valorarlo antes de empezar y elegir la vía más eficiente.
En Barnils & Díaz Advocats estudiamos tu caso y elegimos la vía más rápida para reclamar la deuda. Conoce nuestra área de Derecho Civil o pide cita.

